• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
  • Nº Recurso: 39/2021
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: FLORENTINO EGUARAS MENDIRI
  • Nº Recurso: 37/2021
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- El Juzgado de lo Social nº 8 de Bilbao dictó sentencia el 28-10-2020 en la que apreció la excepción de inadecuación de procedimiento, y ello por entender que no concurría una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo que pudiese ser impugnada por la vía del conflicto colectivo, razonando para obtener esta conclusión que la empresa cuenta con alrededor de 244 trabajadores, siendo que los afectados son 17 en el centro de la residencia San José Etxe-Alia, sobre una plantilla en este centro de 55 trabajadores. La sentencia de instancia tras transcribir doctrina del TS concluye que debe computarse el número de trabajadores de la empresa conforme al art. 41 ET y no del centro de trabajo.
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: MARIA TERESA TRINIDAD SANTOS
  • Nº Recurso: 237/2020
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- Los demandantes ejercitan acción de reclamación de cantidad con fundamento en el incumplimiento del contrato de transporte aéreo por parte de la compañía aérea.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Salamanca
  • Ponente: ALFREDO SAN JOSE BRAVO
  • Nº Recurso: 172/2020
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: EXTRANJERIA
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JOSE LUIS ASENJO PINILLA
  • Nº Recurso: 69/2021
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- La Confederación Sindical ELA solicitaba en la demanda origen de las actuaciones en curso y presentada el 2 de julio de 2020, que se declarase y con carácter principal que CIE no podía aplicar el permiso retribuido recuperable a los días 30 y 31 de marzo y 1, 2 y 3 de abril de 2020, ya que debería haber utilizado el ERTE para suspender las jornada de trabajo de esos días, al tenerlo aprobado desde el susodicho día 30; por tanto tales días y pese a no haberse trabajado, deberían computar como jornada realizada, con derecho a su retribución, y sin que procediera recuperación alguna; subsidiariamente, que se declarase como no ajustada a derecho la decisión de recuperación de las horas dejadas de trabajar entre el 30 de marzo y el 3 de abril, por ser contraria a los criterios de recuperación fijados en el art. 22, del Convenio Colectivo de la empresa (CC).
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA CALVO LOPEZ
  • Nº Recurso: 165/2020
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lleida
  • Ponente: VICTOR MANUEL GARCIA NAVASCUES
  • Nº Recurso: 10/2021
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA GEMA ESPINOSA CONDE
  • Nº Recurso: 551/2020
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JOSE FELIX LAJO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 73/2021
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conflicto Colectivo. SE discute como tal MSCT las medidas adoptadas por la empresa de reducir transporte público y adaptación jornada trabajadores afectados, por causa COVID teniendo aquélla carácter temporal y para proteger la salud de los trabajadores. Dicho lo anterior, debemos confirmar la decisión alcanzada en la instancia, pues la empresa no ha modificado colectivamente las condiciones de trabajo de manera totalmente unilateral, ni ha vulnerado lo previsto en el artículo 41 ET.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: LUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA
  • Nº Recurso: 94/2021
  • Fecha: 09/02/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sala centra el debate e indica que la medida cautelar tiene por objeto, que los establecimientos de hostelería y restauración puedan permanecer abiertos con una incidencia superior a 500 por 10.000 habitantes en los últimos catorce días. Constata que si no se adopta la medida hay perdida de la finalidad del recurso, pues será dificil reparar el perjuicio a los hosteleros, que los días previos a esta decisión la hostelería estaba abierta y que no aparece con claridad la influencia de la apertura de los establecimientos hosteleros con el elevado nivel de incidencia del virus tras la celebración de la Navidad. En cualquier caso es una apertura sometida a importantes medidas de corrección de la actividad que permiten minimizar los riesgos de su desarrollo para la salud pública. Concluye la Sala que la apertura de la actividad hostelera, en las condiciones antedichas, no aparece en este momento como un elemento de riesgo cierto y grave para la salud pública por lo que se accederá a la medida cautelar en estos términos.

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